DEROGACION DEL DECRETO 469/997 Y CREACION DE LA DISTINCION "MEDALLA 18 DE MAYO DE 1811"




Promulgación: 28/02/2019
Publicación: 12/03/2019
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.

Artículo 7

   Uso de insignias correspondientes a la "Medalla 18 de Mayo de 1811" por el Personal Militar del Ejército Nacional.
   A.- La Encomienda se utilizará con el uniforme de gala y se llevará pendiente del cuello por debajo del cuello de la camisa y de la moña y a unos 3 centímetros del borde inferior de ésta, dejando así asomar la casi totalidad del ancho de la cinta.
   B.- La Barra se utilizará con el uniforme de paseo, sobre la costura superior del bolsillo pectoral izquierdo, eventualmente colocada con el resto de los distintivos acorde a lo dispuesto por el Reglamento de Presentación Personal de Uniformes del Ejército (R.G. 7-2).
   C.- La Miniatura se utilizará cuando se vista traje civil.
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