CONSEJOS DE SALARIOS - GRUPO N° 1 COMERCIO. SUBGRUPO N° 19 ADMINISTRACION Y VENTA DE INMUEBLES




Promulgación: 04/12/1985
Publicación: 09/01/1986
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.

Artículo 2

  No se determinan mínimos salariales para las categorías de Gerente,  Sub-Gerente, Contador, Asesor Letrado, Jefe de Personal y Encargado de Sucursal, así como las correspondientes a los técnicos de computación.
Sus salarios continuarán fijándose en oportunidad y de acuerdo a los criterios vigentes en la actualidad, no pudiendo los reajustes salariales ser inferiores a los porcentajes fijados por el artículo 13.(*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 7.
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