FUNCIONARIOS. SALUD PUBLICA




Promulgación: 05/12/1991
Publicación: 17/02/1992
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1991
  •    Página: 789
Reglamentario/a de: Ley Nº 16.226 de 29/10/1991 artículo 284.

Artículo 3

    A los efectos de lo dispuesto precedentemente, los funcionarios
interinos pertenecientes a los Escalafones A (Médicos) y B (Técnicos), que
acrediten una antigüedad de más de 14 años en cargos de ingreso al 31 de
mayo de 1991, y en cuyas fojas de servicios no luzcan constancias que
signifiquen deméritos de naturaleza alguna, pasarán a revistar
presupuestalmente en el Grado 9 del escalafón A (Médicos) y en el Grado 8
del escalafón B (Técnicos), con Igual carácter, a partir del 12 de enero
de 1992.
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