OBLIGACION DEL CARNE DE SALUD BASICO




Promulgación: 18/12/1990
Publicación: 25/02/1991
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1990
  •    Página: 725
Referencias a toda la norma

Artículo 9

   Una vez finalizado el trámite el interesado recibirá un documento
plastificado con fotografía en el que constarán: datos filiatorios,
finalidad y plazo de vigencia del Carné, identificación de la institución
emisora, firma y sello que identifiquen al médico responsable.
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