Las calificaciones y ascensos de Oficiales Subalternos de los
escalafones del Programa 1.01, se efectuarán acorde a las Reglamentaciones
en vigencia para los mismos (Decreto 24.817, del 25 de enero de 1968), a
cuyos efectos se constituirá en el Ministerio de Defensa Nacional la
respectiva Comisión Calificadora la que tendrá a su cargo la confección de
las listas de ascensos correspondientes a cada jerarquía.