Reglamentario/a de: Ley Nº 18.362 de 06/10/2008 artículos 14, 15, 16, 138
y 139.
Artículo 12
En caso de empate se resolverá de la siguiente manera:
a) Concurso de oposición y méritos: el que haya obtenido el mayor
puntaje en la prueba de oposición.
b) Concurso de méritos y antecedentes: el que haya obtenido el mayor
puntaje en el factor aptitudes y condiciones personales.
c) De persistir el empate; en ambos casos, se dará prioridad a quien
haya obtenido mayor puntaje en el subfactor de mayor ponderación.