REGLAMENTACION DE LOS SERVICIOS PRIVADOS DE ENFERMERIA




Promulgación: 08/02/1995
Publicación: 17/02/1995
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1995
  •    Página: 125

Artículo 5

      El Servicio podrá prestarse en le planta física del Servicio de
Enfermería, en una Institución de Asistencia Médica Colectiva, en un
Sanatorio Privado habilitado,  o donde el usuario lo requiera siempre que
así lo determinen las características del servicio y las indicaciones
médicas.
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