Para su funcionamiento deberá gestionarse la habilitación ante la
mencionada Secretaría de Estado adjuntando la siguiente información:
a) Integrantes de la Institución, así como sus Estatutos y
constancia de personería jurídica, si correspondiere.
b) Recursos materiales afectados a la tarea.
c) Planos de la parte edilicia.
d) Nómina completa de recursos humanos que prestarán los
servicios, con especificación de títulos y diplomas
correspondientes.
e) Dirección Técnica responsable ante el Ministerio de Salud
Pública la que podrá ser ejercida indistintamente por Médico o
Licenciado en Enfermería (Universitario).