RADIOCOMUNICACIONES. CONCESION DE ENLACES RADIOELECTRICOS




Promulgación: 19/12/1989
Publicación: 26/03/1990
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1989
  •    Página: 765
Referencias a toda la norma

Artículo 8

    La concesión u otorgamiento del uso de una frecuencia devengará las
tasas que se fijan para cada caso por parte de la Administración
estableciéndose que las mismas correrán desde que se adjudica una
frecuencia, independientemente de su utilización concreta por el
interesado.
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