REGLAMENTACION DEL FONDO DE DESARROLLO APICOLA. INTEGRACION DE LA COMISION HONORARIA DE DESARROLLO APICOLA. COMETIDOS E INTEGRACION DEL CONSEJO ASESOR APICOLA




Promulgación: 19/02/2010
Publicación: 10/03/2010
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2010
  •    Página: 369
Reglamentario/a de:
      Ley Nº 18.362 de 06/10/2008 artículos 221, 222 y 223,
      Ley Nº 17.115 de 21/06/1999 artículo 4.

CAPITULO IV - DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 13

 Sanciones - Las infracciones o el incumplimiento de las disposiciones de
la ley N° 17.115, de 21 de junio de 1999 o de su reglamentación, serán
sancionadas por la División Servicios Jurídicos del Ministerio de
Ganadería, Agricultura y Pesca de conformidad con lo dispuesto por el
artículo 285 de la ley N° 16.736, de 5 de enero de 1996.
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