Podrán participar en el procedimiento competitivo únicamente quienes ofrezcan instalar en el territorio nacional Centrales Generadoras de energía eléctrica que utilicen biomasa como fuente primaria de energía. (*)
(*)Notas:
Redacción dada por: Decreto Nº 117/017 de 02/05/2017 artículo 2.
TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 58/015 de 17/02/2015 artículo 2.