La Unidad Centralizada de Adquisiciones de Alimentos estará integrada por un representante del Ministerio de Economía y Finanzas, quien la presidirá, uno del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, uno del Ministerio de Defensa Nacional, uno del Ministerio del Interior y uno de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, quienes podrán designar, en su caso, representantes alternos.-
Facúltase a la misma a relacionarse directamente con los organismos públicos correspondientes para el mejor cumplimiento de sus
cometidos. (*)
(*)Notas:
Redacción dada por: Decreto Nº 129/003 de 08/04/2003 artículo 5.
TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 58/003 de 11/02/2003 artículo 2.