FIJACION DE UR, CRA. AGOSTO 1976. SETIEMBRE 1976




Promulgación: 26/08/1976
Publicación: 02/09/1976
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1976
  •    Página: 714
Visto: el sistema de actualización de los precios de los arrendamientos
previsto por la ley 14.219 de 4 de julio de 1974.

Resultando: que el artículo 15 de la citada ley comete al Poder Ejecutivo
la fijación mensual del valor de la Unidad Reajustable, con la finalidad
de determinar los incrementos a considerar en cada ajuste de alquiler.

Atento: al informe del Banco Hipotecario del Uruguay sobre la variación
del Indice Medio de Salarios elaborado por la Dirección General de
Estadísticas y Censos,

El Presidente de la República

                                 DECRETA:

Artículo 1

  Fíjase el valor de la Unidad Reajustable correspondiente al mes de
agosto de 1976 a utilizar a los efectos de lo dispuesto por la ley 14.219
de 4 de julio de 1974 y modificativas en N$ 18.30 (nuevos pesos dieciocho
con treinta centésimos).
Referencias al artículo

DEMICHELI - ERNESTO LLOVET
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