APROBACION DE NORMAS RELACIONADAS CON LA CALIDAD DEL TRIGO




Promulgación: 12/11/1981
Publicación: 21/12/1981
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1981
  •    Página: 1612
Derogada/o por: Decreto Nº 616/985 Derogada/o de 04/11/1985 artículo 17.
Referencias a toda la norma
   Visto: el decreto 708/978, de 13 de diciembre de 1978 que dicta normas
para la comercialización de cereales y oleaginosos.

   Resultando: por el referido decreto, en su artículo 15 y siguientes se
dictan normas específicas de calidad para el trigo.

   Considerando: I) El informe técnico de FAO con respecto a la necesidad
de revisar las normas correspondientes al trigo;

   II) Es necesaria una modificación a las normas actuales por
considerarlas fuera de la realidad triguera del país;

   III) Conveniente efectuar bonificaciones y deducciones sólo por grado y
no como en la actualidad por Peso Hectolítrico y grado simultáneamente.

   Atento: a lo dispuesto por la ley 10.940, de 19 de setiembre de 1947, a
los antecedentes elevados por la Dirección Granos (DIGRA) del Ministerio
de Agricultura y Pesca,

   El Presidente de la República

                              DECRETA:

NORMAS ESPECIFICAS DE CALIDAD DE TRIGO

Artículo 1

 (*)

(*)Notas:

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 569/981 de 12/11/1981 artículo 1.

ALVAREZ - JUAN CARLOS JORGE HIRIART
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