MIGRACIONES - TRANSPORTE MARITIMO




Promulgación: 19/08/1986
Publicación: 29/10/1986
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Referencias a toda la norma

Artículo 3

   Las sumas recaudadas como viáticos, serán distribuidas en forma 
mensual, entre todos los funcionarios afectados al servicio, en cada 
punto de entrada o salida de personas, como reintegro de los gastos de manutención o traslado que se originen.
Referencias al artículo
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