APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DEL BANCO HIPOTECARIO DEL URUGUAY. EJERCICIO 1990




Promulgación: 28/11/1990
Publicación: 24/12/1990
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Referencias a toda la norma

Artículo 8

   El Banco Hipotecario del Uruguay dispondrá la apertura programática de
las partidas establecidas en el presente decreto y las comunicará a la
Oficina de Planeamiento y Presupuesto y al Tribunal de Cuentas, en un
plazo de 30 días a partir de su publicación. 
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