CONSEJOS DE SALARIOS - GRUPO Nº 1 COMERCIO. SUBGRUPO Nº 20 CASAS DE CREDITO




Promulgación: 12/08/1986
Publicación: 03/11/1986
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
   Visto: los acuerdos logrados por los Consejos de Salarios instituidos
por decreto 178/985 de 10 de mayo de 1985;

   Resultando: I) Que en mérito a la urgencia de determinar aumentos
salariales para la actividad privada, por razones de oportunidad se
procedió a la designación directa de los delegados sectoriales;

   II) Que no obstante lo señalado en el resultando anterior, se ha
cumplido sustancialmente con el espíritu de la negociación colectiva al
haber participado en los acuerdos los sectores directamente interesados;

   III) Que en el Consejo de Salarios correspondiente al Grupo 1 "Comercio" Subgrupo 20 "Casas de Crédito", se logró el acuerdo que fue suscrito en acta del 3 de julio de 1986.
  
   Considerando: I) Que al haberse obviado el cumplimiento de ciertos
requisitos formales para la integración de los Consejos de Salarios, la
aplicación de la ley 10.449, de 12 de noviembre de 1943, podría dar lugar a cuestionamientos de orden legal;

   II) Que a efectos de asegurar el cumplimiento integral de las condiciones de trabajo acordadas en las negociaciones es conveniente utilizar los mecanismos legales establecidos en el decreto ley 14.791 de 
8 de junio de 1978;

   Atento: a los fundamentos expuestos y a lo preceptuado en el decreto
ley 14.791 y decreto reglamentario 371/978, de 30 de junio de 1978,

   El Presidente de la República


                            DECRETA:

Artículo 1

   Fíjanse los siguientes salarios mínimos con carácter nacional para todos los trabajadores del Grupo 1 "Comercio", Subgrupo 20 "Casas de Crédito", con vigencia desde el 1º de junio y hasta el 30 de setiembre de 1986 para las categorías que se definen a continuación:

   Categoría I

   La categoría I comprende los cargos de Cadete, Telefonista y Limpiador y corresponde un salario mínimo para toda la categoría de N$ 13.333, mensuales (nuevos pesos trece mil trescientos treinta y tres).
   Cadete. Realiza tareas de mensajería interna y externa, así como otras tareas de apoyo a la gestión de la Administración.
  
   Tareas Típicas
  
   1) Efectúa transporte de bienes, valores y documentos desde y hacia la empresa y entre oficinas centrales y sectores descentralizados.
   2) Efectúa trámites ante organismos públicos y privados según instrucciones.
   3) Colabora en la realización de tareas administrativas simples, de acuerdo a instrucciones (por ejemplo: archivo de comprobantes y ensobrado de cartas).
   4) Puede conducir motos, motocicletas o vehículos de similar naturaleza en el desempeño de su labor.

   Telefonista

   Opera la Central Telefónica en comunicaciones de apoyo a la gestión administrativa de la empresa.

   Tareas Típicas

   1) Recibe y hace llamadas telefónicas operando la central.
   2) Concreta entrevistas para sus superiores.
   3) Lleva planillas de control de trámite, por ejemplo llamadas recibidas y otras similares.

   Limpiador

   Realiza tareas de limpieza y servicios en general para el mantenimiento de buen orden de las instalaciones de la empresa.

   Tareas Típicas 

   1) Barre, lava, limpia, encera, sacude, según los casos: oficinas, corredores, escaleras, baños, piezas de servicio, puertas, ventanas, cortinas, paredes, muebles, techos, alfombras, vidrios, pisos, etc.
   2) Eventualmente puede atender el servicio de cafetería según instrucciones.

   Categoría II

   La categoría II comprende los cargos de Auxiliar 3º, Portero y Sereno Limpiador y corresponde un salario mínimo para toda la categoría de N$ 14.000.00 mensuales (nuevos pesos catorce mil).

   Auxiliar 3º. Objeto: Realiza tareas administrativas de apoyo y auxiliares bajo supervisión y/o acuerdo a procedimiento establecidos.

   Tareas

   1) Recepciona, elabora y controla solicitudes de créditos de clientes, informando sobre distintas alternativas.
   2) Somete la solicitud para su realización.
   3) Elabora la documentación relativa a la realización de crédito 
(vales, conforme, requiriendo y controlando la firma de la misma).
   4) Recepciona y trasmite, telefónica o personalmente solicitudes de informes y respuestas, asegurándose de su correcta recepción.
   5) Recibe y entrega la documentación de su sector, según instrucciones y procedimientos determinados (por ejemplo: vales, depósitos de comerciantes, cheques a la orden de comerciantes y proveedores, constancias laborales, facturas por compra de bienes y servicios), brindando información.
   6) Elabora bajo supervisión la documentación básica de su sector (conformes, solicitudes, cheques, constancias laborales, relaciones de ventas y cobranzas, etc.)
   7) Confecciona planillas y documentos según instrucciones.
   8) Calcula y comprueba cálculos en planillas y documentos (por 
ejemplo: depósitos, vales, órdenes, planilla de cajas).
   9) Realiza otras comprobaciones primarias según instrucciones (control de secuencia numérica de comprobantes, punteo de documentos con planilla de computación).
   10) Ingresa datos y efectúa consultas en terminales de computación, según instrucciones y bajo supervisión en apoyo a sus tareas.
   11) Realiza tareas afines de menor cuantía bajo supervisión (ordenamiento y archivo de planillas, dactilografiado de cartas y notas, envío de correspondencia).

   Portero
   Realiza tareas de orientación e información a visitantes, y de vigilancia.
   
   Tareas Típicas

   1) Recibe a la entrada personas y las orienta, así como en lo 
referente a la entrega de correspondencia y bienes.
   2) Efectúa diligencias ante organismos públicos y privados según instrucciones.
   3) Controla la entrada y salida de personas de la empresa.
   4) Realiza la vigilancia interna del local en horario diurno, para la prevención de hurtos e incendios, dando aviso a quien corresponda en caso de anormalidades y/o accionando equipo de seguridad establecido.
   5) Puede desempeñar en circunstancias especiales tareas de limpieza y apoyo a tareas de mantenimiento.
   6) Lleva planillas de control de ingresos de personas correspondencia
y otras de similar naturaleza.
   7) Puede efectuar transporte de bienes, valores y documentos desde y hacia la empresa.
   8) Puede colaborar de acuerdo a las necesidades con la operación
de la Central Telefónica y otros aparatos de comunicaciones.

   Sereno Limpiador

   Vigila y controla la seguridad de la empresa. Realiza tareas de limpieza y de mantenimiento del buen orden de las instalaciones de la empresa.
   
   Tareas Típicas

   1) Realiza la vigilancia interna del local en horario nocturno y días inhábiles, efectuando recorridos periódicos y observa el cumplimiento de: correcto cerrado de puertas y ventanas, apagando equipos y máquinas que hayan quedado encendidos, prevención de hurtos e incendios, dando aviso 
a quien corresponda en caso de irregularidades y/o accionando equipos de seguridad establecidos, marcando el reloj control cuando así se disponga.
   2) Barre, lava, limpia, encera, sacude, según los casos: oficinas, corredores, escaleras, baños, piezas de servicio, puertas ventanas, cortinas, paredes, muebles, techos, alfombras, vidrios, piso, etc.
   3) Atiende la central telefónica en horario y días inhábiles.

   Categoría III

   La categoría III comprende los cargos de Telefonista Recepcionista, Auxiliar de Créditos 3º, Informante, Auxiliar de Caja General y Remesero 
y corresponde un salario mínimo para toda la categoría de N$ 15.333,00 mensuales (nuevos pesos quince mil trescientos treinta y tres).

   Telefonista - Recepcionista
 
   Realiza tareas de recepción de personas y comunicaciones de apoyo a
la gestión administrativa de la empresa:

   Tareas Típicas.

   1) Recibe y atiende a los visitantes.
   2) Orienta a las personas que solicitan información al sector 
encargado de atenderlas o suministra la información requerida personalmente.
   3) Recibe y hace llamadas telefónicas operando la central.
   4) Recibe y da trámite a documentos en general, correspondencia, etc., efectuando su seguimiento según instrucciones.
   5) Lleva planillas de control de trámites, por ejemplo documentos, llamadas recibidas.
   6) Puede colaborar en otras tareas administrativas de menor cuantía
según instrucciones (por ejemplo, dactilografía de documentos varios, archivo de documentos)

    Auxiliar de Créditos 3º
 
    Realiza créditos bajo normas establecidas.

    Tareas Típicas

    1) Recepciona solicitudes de créditos de parte de clientes, 
informando sobre distintas alternativas.
    2) Elabora y controla la información relativa a las solicitudes de crédito.
    3) Recaba y brinda cuando corresponda, información relativa a las solicitudes de crédito.
    4) Realiza créditos dentro de los límites establecidos de su competencia, solicitando la autorización correspondiente en los casos de clientes o de aquellos que exceden su facultad.
    5) Elabora la documentación relativa a la realización de créditos (vales, conformes, órdenes, etc).
    6) Recepciona y entrega de acuerdo a procedimientos establecidos valores a su cargo. Siendo responsable de los mismos.
    7) Realiza cierre de caja y planillas varias de acuerdo a procedimientos.
    8) Realiza controles por atrasos en el pago de cupones.
    9) Realiza cobro de cupones.
    10) Eventualmente realiza gestiones personales para el cobro de cupones, previo a su pasaje a cobrador.
    11) Puede recibir y entregar a los comerciantes relacionados, documentación referente a créditos.
    12) Puede efectuar depósitos en instituciones bancarias.

    Informante

    Obtiene informes y referencias según le sea solicitado sobre clientes o probables clientes de la empresa.

    Tareas

    1) Recaba informes y/o referencias sobre antecedentes personales, comerciales, laborales y crediticios de los solicitantes.
    2) Informa sobre los resultados de su gestión de acuerdo a los procedimientos establecidos.
   
    Auxiliar de Caja General

    Colabora en la realización de movimientos de fondos y valores de la caja general.
  
    Tareas

    1) Cuenta y ordena valores.
    2) Confecciona boleta de depósito y cheques según instrucciones.
    3) Participa en el pago de sueldos (ensobra sueldos, entrega sobres a personal, bajo supervisión).
    4) Colabora en el cierre de la caja general, confeccionando planillas bajo supervisión.
    5) Inutiliza valores según indicaciones.
    6) Colabora en la realización de arqueos (conteo de valores)

    Remesero

    Transporta valores en general entre la casa central y las sucursales en forma habitual y permanente.

    Tareas Típicas

    1) Recibe los valores a transportar debidamente empaquetados en bolsas o sacos.
    2) Transporta, adoptando las medidas de seguridad necesarias, desde y hacia la Casa Central y Sucursales.
    3) Entrega los valores en su destino, a quien corresponda, de acuerdo a los procedimientos establecidos.

    Categoría IV
 
    La categoría IV comprende los cargos de Cobrador, Informante Cobrador, Auxiliar de Jurídica, Digitador Auxiliar de Informes, Cajero y Chofer, y corresponde un salario mínimo para toda la categoría de N$ 17.333,00 mensuales (nuevos pesos diecisiete mil trescientos treinta y tres).

    Cobrador
    
    Realiza la cobranza de vales, cuotas y facturas en general a clientes en su domicilio y/o lugar de trabajo.

    Tareas
    
    1) Realiza la cobranza, de acuerdo a procedimientos e instrucciones.
    2) Efectúa la liquidación de las cobranzas realizadas de acuerdo a la documentación correspondiente.
    3) Entrega o deposita los valores de acuerdo a los procedimientos establecidos.
    4) Informa sobre la cobranza no efectuada, indicando causa y otro tipo de información que permita la adopción de decisiones respectivas.
    5) Puede efectuar pagos en organismos públicos y privados según instrucciones:

    Informante Cobrador

    Obtiene informes y referencias según le sea solicitado sobre clientes o probables clientes de la empresa, realiza la cobranza a domicilio a clientes.

    Tareas

    1) Recaba informes y/o referencias sobre antecedentes personales, comerciales, laborales y crediticios de los solicitantes.
    2) Informa sobre los resultados de su gestión de informes y cobranza de acuerdo a los procedimientos establecidos.
    3) Realiza la cobranza de acuerdo a procedimientos e instrucciones, efectuando su liquidación y rendición de cuentas.
    4) Efectúa depósitos en instituciones bancarias.

    Auxiliar de Jurídica

    Realiza tareas administrativas de apoyo a la gestión de cobro de clientes morosos.

    Tareas

    1) Atiende consultas de clientes referidos a su situación ante la empresa.
    2) Realiza el seguimiento de los trámites de su sector y se mantiene informado respecto del estado de los mismos, informando a su superior.
    3) Realiza tareas de coordinación y comunicación en apoyo a la labor del profesional.
    4) Organiza y maneja los archivos de su sector, de acuerdo a las directivas recibidas.
    5) Dactilografía todo tipo de carta, informes, escritos de acuerdo a textos que se le proporcionan.

    Digitador

    Digita información en una terminal con el fin de ingresarla y/o verificarla.

    Tareas Típicas
 
    1) Ingresar datos por lotes a los sistemas de computación por terminales.
    2) Realiza controles de los datos ingresados según los procedimientos establecidos.
    3) Informa a su superior sobre la marcha de los trabajos y toda novedad que se produzca.
    4) Puede colaborar en la operación del sistema a través de las terminales, de acuerdo a instrucciones.

    Auxiliar de Informes

    Procesa y actualiza informes sobre los clientes o probables clientes utilizando archivos especializados.

    Tareas

    1) Actualiza la información de los archivos propios manteniendo vigente al día su información.
    2) Prepara y trasmite los informes solicitados.
    3) Prepara informes para comunicar novedades a los archivos externos.
    4) Mantiene organizado los archivos, según los procedimientos establecidos.

    Cajero

    Recibe y expide valores (efectivo, cheques, órdenes de compra; billetes de la empresa) en las cajas de la empresa, en forma específica y exclusiva, en lugares cuya operativa así lo amerite.

    Tareas

    1) Recepciona valores por concepto de pagos de cuentas, vales y todo tipo de ingreso, de acuerdo a los procedimientos establecidos, siendo responsable de los mismos.
    2) Entrega valores de clientes, según la documentación y procedimientos establecidos.
    3) Confecciona y cierra la planilla de su caja.
    4) Efectúa arqueos diarios de caja, de acuerdo a los procedimientos establecidos.
    5) Puede efectuar depósitos en instituciones bancarias.
    6) Opera máquinas interventoras de caja y/o terminales de computación en el ejercicio de sus tareas.
    7) Ordena y clasifica la documentación respaldante de sus movimientos para su entrega.
    8) Realiza pagos de gastos de menor cuantía, según directivas.

    Categoría V

    La categoría V comprende los cargos de Auxiliar de Créditos 2do. y Auxiliar 2º y corresponde un salario mínimo para toda la categoría de N$ 19.333,00 mensuales (nuevos pesos diecinueve mil trescientos treinta y tres).

    Auxiliar de Créditos 2º
    
    Realiza créditos bajo normas establecidas coordinando el trabajo de hasta 2 funcionarios.

    Tarea Típicas
  
    1) Coordina y controla la tarea de los funcionarios a su cargo.
    2) Adiestra personal en los procedimientos de realización de créditos.
    3) Distribuye las tareas de los funcionarios a su cargo.
    4) Recepciona solicitudes de créditos de parte de clientes, informando sobre distintas alternativas.
    5) Elabora y controla la información relativa a las solicitudes de crédito.
    6) Recaba y brinda cuando corresponda, información relativa a las solicitudes de crédito.
    7) Realiza créditos dentro de los límites establecidos de su competencia, solicitando la autorización correspondiente en los casos
que exceden su facultad.
    8) Elabora la documentación relativa a la realización de créditos (vales, conformes, órdenes, etc.)
    9) Recepciona y entrega de acuerdo a procedimientos establecidos los valores a su cargo, siendo responsable de los mismos.
    10) Realiza cierre de caja y planillas varias de acuerdo a procedimientos.
    11) Realiza controles por atrasos en el pago de cupones.
    12) Realiza cobro de cupones.
    13) Eventualmente realiza gestiones personales para el cobro de cupones, previo a su pasaje a cobrador.
    14) Puede recibir y entregar a los comerciantes relacionados, documentación referente a créditos.
    15) Puede efectuar depósitos en instituciones bancarias.

    Auxiliar 2do.
  
    Realiza tareas administrativas de acuerdo a los procedimientos establecidos.

    Tareas
  
    1) Contabiliza documentos (vales, órdenes, recibos, cheques) en 
libros, planilla, fichas en forma manual y/u operando terminales.
    2) Confecciona y/o verifica planillas de caja y otros comprobantes, documentos y su procesamiento (cálculos, codificación de conformes, control de vales, calculo de intereses, datos de identificación del cliente depósitos de comercios).
    3) Formula cuentas corrientes en base a documentos primarios 
(factura, recibos, depósitos, cheques).
    4) Efectúa tareas de apertura y actualización de fichas y legajos de personal, elaborando constancias para organismos de seguridad social.
    5) Realiza tareas para la liquidación de horas, descuentos para terceros, altas y bajas de personal).
    6) Opera terminales de computación, ingresando datos efectuando consultas, y utilizando "menúes" programados.
    7) Efectúa conciliaciones de cuentas de terceros bajo supervisión.
    8) Emite cheques para pagos a comercios y proveedores.

    Categoría VI
 
    La categoría VI comprende el cargo de Auxiliar 1º y le corresponde un salario mínimo de N$ 23.333,00 mensuales (nuevos pesos veintitrés mil trescientos treinta y tres).

    Auxiliar 1º

    Efectúa tareas de control administrativo-contable
  
    Tareas
 
    1) Efectúa y controla registraciones contables, relativas a caja y bancos realizando la imputación, y verificación de los documentos respaldantes.
    2) Controla la documentación para su registración computarizada y procesamiento posterior relativa a las operaciones de concesión de créditos, cobranzas (altas y bajas de vales, imputación de pagos).
    3) Efectúa conciliaciones de cuentas con terceros (bancos, deudores, acreedores) preparando los asientos de ajuste cuando corresponda.
    4) Controla la emisión de cheques para los pagos a comercios y proveedores, dando su conformidad a la misma.
    5) Dispone la remisión de valores a locales y puestos de la empresa según las normas establecidas, controlando su reposición y stock.
    6) Controla los registros de documentos del personal referentes a su identificación y actuación.
    7) Efectúa el cierre y control de la liquidación y pago de haberes al personal, según directivas superiores.
    8) Coordina y controla las comunicaciones con los órganos de 
seguridad social (D.G.S.S) para la liquidación de aportes (Plan SATO).
    9) Prepara información financiera contable a solicitud de su 
superior.
    10) Distribuye y coordina las tareas en su sector según directivas superiores, adiestrando a los funcionarios del mismo en los procedimientos a establecer.
    11) Opera terminales de computación en apoyo a sus tareas.

    Categoría VII

    La categoría VII comprende los cargos de Operador de Sistema y Auxiliar de Créditos 1º y corresponde un salario mínimo para toda la categoría de N$ 25.333,00 mensuales (nuevos pesos veinticinco mil trescientos treinta y tres).

    Operador de Sistema

    Opera el equipo de computación y sus sistemas de acuerdo a las normas respectivas.

    Tareas Típicas

    1) Opera la consola principal manejando el sistema operativo y sus alternativas.
    2) Ejecuta los pasos, controles y secuencias de cada uno de los procesos que se ejecutan.
    3) Informa a su superior sobre el funcionamiento del sistema.
    4) Controla la información que se recibe para su procesamiento y la que se entrega a los usuarios.
    5) Puede efectuar correcciones transitorias sobre programas según directivas.

    Auxiliar de Créditos 1º 

    Coordina, controla y ejecuta la tarea de realización de créditos, coordinando las tareas de hasta cuatro funcionarios a su cargo. 

    Tareas Típicas  

    1) Coordina y controla la tarea de los funcionarios a su cargo.  
    2) Adiestra personal en los procedimientos de realización de 
créditos. 
    3) Distribuye las tareas de los funcionarios a su cargo.
    4) Recepciona solicitudes de créditos de parte de clientes, 
informando sobre distintas alternativas.
    5) Elabora y controla la información relativa a las solicitudes de crédito. 
    6) Recaba y brinda cuando corresponda, información relativa a las solicitudes de crédito.  
    7) Realiza créditos dentro de los límites establecidos de su competencia, solicitando la autorización correspondiente en los casos que excedan su facultad.  
    8) Elabora la documentación relativa a la realización de créditos (vales, conformes, órdenes, etc.).  
    9) Recepciona y entrega de acuerdo a procedimientos establecidos los valores a su cargo. Siendo responsable de los mismos.
    10) Realiza cierre de caja y planillas varias de acuerdo a procedimientos.
    11) Realiza controles por atrasos en el pago de cupones.
    12) Realiza cobro de cupones.
    13) Eventualmente realiza gestiones personales para el cobro de cupones, previo a su pasaje a cobrador.
    14) Puede recibir y entregar a los comerciantes relacionados, documentación referente a créditos.
    15) Puede efectuar depósitos en instituciones bancarias.
    16) Puede realizar el cierre y apertura del local, cuando corresponda, adoptando las medidas de seguridad correspondientes.

    Categoría VIII

    La categoría VIII comprende los cargos de Encargado de Créditos y Encargado de Sección y corresponde un salario mínimo para toda la categoría de N$ 28.000,00 mensuales (nuevos pesos veintiocho mil).

    Encargado de Créditos.

    Supervisa y controla y/o efectúa la tarea de realización de créditos, coordinando las tareas de más de cuatro funcionarios a su cargo.

    Tareas Típicas.
 
    1) Supervisa y controla las tareas del personal a su cargo.
    2) Coordina y controla la tarea de los funcionarios a su cargo.
    3) Adiestra personal en los procedimientos de realización de créditos.
    4) Distribuye las tareas de los funcionarios a su cargo.
    5) Recepciona solicitudes de créditos de parte de clientes, informando sobre distintas alternativas.
    6) Elabora y controla la información relativa a las solicitudes de crédito. 
    7) Recaba y brinda cuando corresponda, información relativa a las solicitudes de crédito.
    8) Elabora la documentación relativa a la realización de créditos (vales, conformes, órdenes, etc.).
    9) Recepciona y entrega de acuerdo a procedimientos establecidos los valores a su cargo. Siendo responsable de los mismos.
    10) Realiza cierre de caja y planillas varias de acuerdo a procedimientos.
    11) Realiza controles por atrasos en el pago de cupones.
    12) Realiza cobro de cupones.
    13) Realiza créditos bajo su responsabilidad; según directivas generales.
    14) Eventualmente realiza gestiones personales para el cobro de cupones, previo a su pasaje a cobrador.
    15) Puede recibir y entregar a los comerciantes antes relacionados, documentación referente a créditos.
    16) Puede efectuar depósitos en instituciones bancarias.
    17) Puede realizar el cierre y apertura del local, cuando corresponda, adoptando las medidas de seguridad correspondientes.
  
    Encargado de Sección

    Supervisa, coordina y controla las tareas a cargo de una unidad administrativa.

    Tareas Típicas
 
    1) Planificar y organizar las tareas de su sector según directivas superiores.
    2) Distribuye las tareas entre el personal a su cargo, controlando su ejecución.
    3) Adiestra al personal a su cargo.
    4) Realiza y controla las tareas de mayor complejidad relativas a su sector.
    5) Coordina las tareas de su sector con las de otras unidades administrativas de la empresa.
    6) Asiste a sus superiores en el cumplimiento de sus funciones.
    7) Realiza informes relativos a los asuntos de su sector.
    8) Informa a sus superiores sobre la marcha de su sector.

                 Clasificación de Cargos

    Grupo 
    Ocupacional     Administración 

    Serie          Secretaría         Telefonista-Recepcionista
                   Computación        Digitador
                                      Operador de Sistema
                   Administrativa     Cadete
                                      Auxiliar 3ero.
                                      Auxiliar 2do.
                                      Auxiliar 1ero.
                                      Encargado de Sección
                   Créditos           Auxiliar Créditos 3era.
                                      Auxiliar Créditos 2da.
                                      Auxiliar Créditos 1era.
                                      Encargado de Créditos
                   Tesorería          Auxiliar de Caja General
                                      Remesero
                                      Cobrador
                                      Cajero
                Servicios Auxiliares  Informante
                                      Auxiliar de Informes
                                      Informante/Cobrador
                                      Auxiliar de Jurídica
    Grupo           Servicios
    Ocupacional     Generales
  
    Serie            Intendencia      Telefonista
                                      Limpiador
                                      Portero
                                      Sereno/Limpiador
                                      Chofer
    La clasificación de los cargos del sector utiliza la siguiente terminología:

    a) puesto: conjunto de tareas de similar naturaleza y complejidad, siendo la autoridad correspondiente la encargada de adjudicarlas al funcionario que ocupa el mismo.
    b) cargo: está integrado por todos aquellos puestos con tareas de similar naturaleza y del mismo nivel de complejidad.
    c) serie: conjunto de cargos que se refieren a una misma especialización ordenados por el grado de complejidad y responsabilidad 
de las tareas, así como de los requisitos necesarios para su desempeño.
    d) grupo ocupacional: comprende todas las series de similar naturaleza, dentro de un área de trabajo, pero diferentes en cuanto a la índole de la especialización y nivel de complejidad de la tarea.
    Conjuntamente con dicha clasificación, se efectúa la descripción de cada cargo de acuerdo al siguiente modelo: I) Nombre del cargo: denominación con que se conoce el mismo. II) Objeto del cargo: se refiere a la finalidad u objetivo principal que debe cumplir el mismo. III) 
Tareas Típicas: son las tareas más representativas de los puestos que conforman el cargo. No necesariamente dichas tareas van a corresponder en su totalidad a los deberes y responsabilidades de todos y cada uno de los puestos que conforman el cargo. Del mismo modo, también pueden realizarse tareas afines que no se encuentren detalladas específicamente y que guardan relación en complejidad y responsabilidad con las que se han detallado. (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 2.

Artículo 2

   Sin perjuicio de los salarios mínimos establecidos en el artículo precedente, ningún trabajador podrá percibir por aplicación de este laudo un incremento inferior al 20% sobre las remuneraciones vigentes al 31 de mayo de 1986.

Artículo 3

   El procedimiento que se seguirá para la asignación concreta de un cargo determinado a cada funcionario según la categorización aprobada se basará en la consideración de las tareas que efectivamente realizaba el mismo a la fecha de vigencia de este decreto rigiendo en todos los casos las reglas previstas en el artículo siguiente.

Artículo 4

   Podrán asignarse a los funcionarios, dentro del mismo grupo 
ocupacional, tareas categorizadas en un nivel igual o inferior a las que actualmente desempeñan, siempre que el buen funcionamiento de la empresa así lo requiera. En tal caso, se mantendrá la remuneración correspondiente a su categoría originaria y permanente.
   Asimismo podrán serles asignadas tareas categorizadas en un nivel superior, dentro del mismo grupo ocupacional, a cuyos efectos se distinguen dos situaciones:
   1) En caso de acceder a un puesto definitivamente vacante o recientemente creado, correspondiente a una categoría mejor remunerada que la que ocupa habitualmente, percibirá una retribución acorde a la estipulada en el laudo para la categoría que en tal condición desempeña. Transcurridos noventa días en el desempeño de dichas tareas, se le considerará confirmado en la categoría superior.
   2) En caso de acceder a un puesto de trabajo que se encuentre transitoriamente vacante (por licencia, enfermedad, etc.) se establece que: a) durante los primeros treinta días (computados en el año en forma continua o discontinua) recibirán el salario de su categoría; b) transcurridos treinta días y hasta los noventa días (computados en el año en forma continua o discontinua) se le abonará el salario correspondiente a la tarea superior efectivamente realizada; c) después de computados noventa días (computados en el año en forma continua o discontinua) se le considerará confirmado en la categoría superior.

Artículo 5

   El auxiliar de créditos 3ero. que desempeñe sus tareas en forma principal y habitual recorriendo comercios adheridos al sistema, percibirá un viático equivalente al 10% del sueldo fijado para la categoría III, mientras permanezca en el cumplimiento de las mismas con ese destino. Quedan excluidos de este régimen aquellos auxiliares de créditos 3ero. que se desempeñen exclusivamente en galerías comerciales o en Montevideo Shopping Center.
   Aquel personal que al 1º de junio de 1986 recibía viáticos por este concepto, lo continuará percibiendo en tanto continúe en el desempeño de tales tareas.

Artículo 6

   Aquella sucursal a cargo de un Encargado de Créditos (categoría VIII) deberá poseer, como mínimo entre el personal dependiente, un Auxiliar de Créditos el 1º o un Auxiliar de Créditos 2do. o un Cajero.

Artículo 7

   Los precios de los bienes y/o servicios del sector no podrán ser incrementados en más de un 15% de la incidencia del salario en la estructura de costos de cada empresa, por concepto del incremento de los ingresos del personal resultante de este decreto.

Artículo 8

   Durante el período comprendido entre el 1º de junio al 30 de setiembre del corriente año ningún otro aumento de salarios podrá ser trasladado al precio de mercaderías, bienes o servicios de las empresas que integran el grupo salarial.

Artículo 9

   Comuníquese, publíquese, etc.-

TARIGO - HUGO FERNANDEZ FAINGOLD - RICARDO ZERBINO CAVAJANI
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