EMISION DE LETRAS DE TESORERIA




Promulgación: 05/08/1976
Publicación: 12/08/1976
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1976
  •    Página: 486
Derogada/o por: Decreto Nº 474/978 de 16/08/1978 artículo 6.
 Visto: el decreto 397/976 del 1º de julio de 1976, por el cual se
autorizó al Banco Central del Uruguay a emitir letras de Tesorería por
hasta un monto circulante de N$ 100.000.000.00 (cien millones de nuevos
pesos), bajo la modalidad de colocación directa o por licitación.

 Resultando: I) Que la colocación realizada hasta el presente de los
valores indicados en el Visto, demuestra su amplia receptividad en el
mercado;

 II) Que corresponde, en consecuencia, adecuar la oferta de dichas Letras
de Tesorería, para lo cual se considera necesario ampliar el monto de
emisión autorizada.

 Considerando: lo dispuesto por los artículos 460 de la ley 13.640 del 28
de diciembre de 1967 y 7º de la ley 14.268 del 20 de setiembre de 1974.

 Atento: a la opinión del Banco Central del Uruguay,

 El Presidente de la República

                                 DECRETA:

Artículo 1

 (*)

(*)Notas:

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 508/976 de 05/08/1976 artículo 1.
Referencias al artículo

DEMICHELI - ALEJANDRO VEGH VILLEGAS
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