PROTECCION DE LA SALUD HUMANA Y EL MEDIO AMBIENTE. MOVIMIENTOS TRANSFRONTERIZOS DE DESECHOS PELIGROSOS Y SU ELIMINACION




Promulgación: 13/10/1992
Publicación: 26/11/1992
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1992
  •    Página: 715
    Visto: la ley 16.221 del 22 de octubre de 1991, por la que se aprueba
el Convenio de Basilea sobre el Control de los Movimientos
Transfronterizos de los Desechos Peligrosos y su Eliminación (1989).

    Resultando: que el Poder Ejecutivo, por medio del decreto 252/89 del
30 de mayo de 1989, ha prohibido la Introducción de todo tipo de desechos
peligrosos, en cualquier forma o bajo cualquier régimen, en las zonas
sometidas a la jurisdicción nacional.

    Considerando: I) Que a los efectos de facilitar la aplicación del
referido Convenio, el Artículo 5º del mismo dispone que las partes deben
designar una autoridad competente y punto de contacto;

II) Que la prohibición establecida por el decreto 252/89, enmarcada en el
parágrafo 1.a del artículo 4º del Convenio de Basilea, además de requerir
la adecuada implementación de los mecanismos de control que aseguren su
cumplimiento,genera las obligaciones previstas en el artículo 13 de dicho
Convenio.

    Atento: a lo dispuesto por la ley 16.112 del 30 de mayo de 1990,

                  El Presidente de la República

                               DECRETA:

Artículo 1

    Desígnase al Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio
Ambiente, (Dirección Nacional de Medio Ambiente), autoridad competente y
punto de contacto para la aplicación del Convenio de Basilea sobre el
Control de los Movimientos Transfronterizos de los Desechos Peligrosos y
su Eliminación (1989), aprobado por la ley 16.221 del 22 de octubre de
1991, así como autoridad competente para la aplicación y control del
cumplimiento del decreto 252/989 del 30 de mayo de 1989. (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículos: 2 y 3.

LACALLE HERRERA - JOSE MARIA MIERES MURO - JUAN ANDRES RAMIREZ - HECTOR
GROS ESPIELL - IGNACIO DE POSADAS MONTERO - MARIANO R. BRITO - WILSON ELSO
GOÑI - GUILLERMO GARCIA COSTA
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