MODIFICACION AL REGLAMENTO ORGANICO FUNCIONAL DE LAS REPARTICIONES INTERIORES




Promulgación: 18/09/1985
Publicación: 30/09/1985
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1985
  •    Página: 724
Derogada/o por: Decreto Nº 114/991 Derogada/o de 05/03/1991 artículo 2.
Referencias a toda la norma
 Visto: la necesidad de introducir modificaciones en el Reglamento
Orgánico-Funcional de las Reparticiones Interiores del Ministerio de
Defensa Nacional.

 Resultando: I) Que dicho Reglamento fue aprobado por el decreto 328/971
de fecha 1º de junio de 1971 y modificado parcialmente por el decreto
187/984 de fecha 22 de mayo de 1984 en los sectores de los servicios
jurídicos y de la informática;
II) Que como consecuencia de la citada modificación se creó dentro del
Gabinete del Ministerio una repartición denominada Contraloría e
Informática Jurídicas, designándola unidad de trabajo en materia de
informática jurídica y asignándole algunos de los cometidos que hasta
ese momento correspondían a la Asesoría Letrada.

 Considerando: I) Que en el lapso transcurrido desde la fecha de creación
de dicha repartición hasta el presente, se ha podido constatar que no
existe motivo para la existencia de dos reparticiones con similares
cometidos, por cuanto las tareas asignadas a la Contraloría e
Informática Jurídicas deben ser en definitiva complementadas por la
Asesoría Letrada, repartición también que en los hechos, es la que
proporciona la información jurídica requerida;
II) Que razones de buena administración y economía indican que los
cometidos de asesoramiento jurídico deben ser desempeñados, por una sola
repartición señalándose como la más indicada la Asesoría Letrada, desde
que la misma cuenta con la infraestructura administrativa y técnica
necesaria para cumplir con el asesoramiento jurídico integral en la
materia de la Cartera de Defensa Nacional, sin perjuicio del asesoramiento
notarial de resorte de la Asesoría respectiva;
III) Que con respecto a este último aspecto resulta conveniente
redimensionar la intervención de la Asesoría Notarial en materia de
seguimiento de los procedimientos expropiatorios del Ministerio de
Defensa Nacional y relevamiento e información jurídica sobre los
inmuebles que sirven de asiento a las oficinas de dicha Secretaría de
Estado.

 Atento: a lo expresado y a lo dispuesto en el numeral 4º del artículo 168
de la Constitución de la República,

                      El Presidente de la República

                                DECRETA:

Artículo 1

 (*)

(*)Notas:

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 497/985 de 18/09/1985 artículo 1.

SANGUINETTI - JUAN VICENTE CHIARINO
Ayuda