REGLAMENTACION DE LA LEY 19.315 (LEY ORGANICA POLICIAL) EN LO RELATIVO A LA REGULACION DE LA SITUACION DE LOS DOCENTES DE LA DIRECCION NACIONAL DE LA EDUCACION POLICIAL Y DEROGACION DEL DECRETO 703/986




Promulgación: 23/02/2016
Publicación: 02/03/2016
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 19.315 de 18/02/2015 artículos 58, 59, 60 y 61 
Derogada/o.
Referencias a toda la norma

CAPÍTULO VI
DE LOS COMETIDOS, EVALUACIONES Y TAREAS DE LOS COORDINADORES DOCENTES,
TUTORES ACADÉMICOS Y DOCENTES

Artículo 17

   (De las tareas de los Coordinadores Docentes) Los Coordinadores docentes tendrán las siguientes tareas:
   a) coordinación con el Área de Planificación Educativa;
   b) reuniones semanales con los docentes asignados;
   c) realizar informes sobre la marcha educativa del eje temático asignado;
   d) documentar, registrar y direccionar los procesos académicos de forma semanal;
   e) integración de los tribunales académicos y de evaluación;
   f) colaboración con las diferentes comisiones de trabajo;
   g) colaboración en la implementación de experiencias de extensión de tiempo pedagógico;
   h) participación en colaboración de las propuestas programáticas de las asignaturas;
   i) selección de materiales de apoyo para los cursos;
   j) evaluación de la praxis en centros de práctica profesional que se establezcan.
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