REDUCCION DEL GASTO PUBLICO. PROHIBICION CONTRATACION DE PERSONAL




Promulgación: 11/12/2002
Publicación: 18/12/2002
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2002
  •    Página: 1619
VISTO: lo dispuesto por el artículo 1º del Decreto 208/002 de 11 de junio 
de 2002;

RESULTANDO: I) que por el mismo se excluyen de la prohibición contenida 
en el artículo 1º del Decreto 158/002 de 30 de abril de 2002, las 
diversas situaciones que allí se mencionan;

CONSIDERANDO: I) que el artículo 181 de la Ley Nº 17.296 de 21 de febrero 
de 2001 faculta al Poder Ejecutivo a autorizar a la Dirección General de 
Casinos a contratar al personal mínimo imprescindible a los efectos de 
cubrir las necesidades que generan las nuevas salas con cargo a los 
fondos de libre disponibilidad de dicha unidad ejecutora;

II) que por consiguiente procede modificar el artículo 1º del Decreto 
208/002 de 11 de junio de 2002 en el sentido de incluir las situaciones 
previstas por la norma legal citada en el Considerando precedente;

ATENTO: a lo expuesto;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA                       
                     Actuando en Consejo de Ministros                     
                                                                          
                                 DECRETA:                                 

Artículo 1

 (*)

(*)Notas:
Este artículo dio nueva redacción a: Decreto Nº 208/002 Derogada/o de 11/06/2002 
artículo 1.

Artículo 2

 Comuníquese, publíquese, etc.

BATLLE - GUILLERMO STIRLING - GUILLERMO VALLES - ALEJANDRO ATCHUGARRY - 
YAMANDU FAU - LEONARDO GUZMAN - LUCIO CACERES - JUAN BORDABERRY - 
SANTIAGO PEREZ DEL CASTILLO - ALFONSO VARELA - GONZALO GONZALEZ - SAUL 
IRURETA


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