CREACION DE LA CONDECORACION "MEDALLA 18 DE MAYO DE 1911" PARA MILITARES Y CIVILES ACREEDORES DE RECONOCIMIENTO DEL EJERCITO




Promulgación: 16/12/1997
Publicación: 26/12/1997
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1997
  •    Página: 1866
Derogada/o por: Decreto Nº 71/019 de 28/02/2019 artículo 1.
Referencias a toda la norma
    VISTO: las presentes actuaciones por las cuales el Comando General 
del Ejército solicita la creación de la condecoración "Medalla 18 de Mayo
de 1811".-

    CONSIDERANDO: I) la necesidad de complementar la actual Medalla al
Mérito Militar creada por el Decreto 511/991 de 17 de setiembre de 1991 
en la redacción modificativa dada por el Decreto 365/993 de 12 de agosto 
de 1993.-

    II) que la condecoración que se proyecta será concedida por el señor
Comandante en Jefe del Ejército.-

    III) que serán merecedores de la "Medalla 18 de Mayo de 1811" los
militares y civiles, nacionales o extranjeros, en virtud de sus servicios
distinguidos y obras de servicios relevantes que los hagan acreedores al
reconocimiento del Ejército.-

    ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo dictaminado por la
Asesoría Letrada del Ministerio de Defensa Nacional y a lo preceptuado 
por el Reglamento de Ceremonial y Protocolo del Ejército aprobado por el
Decreto 59/990 de 12 de febrero de 1990, en la redacción modificativa 
dada por los Decretos 676/990 de 20 de diciembre de 1990, 85/995 de 20 de
febrero de 1995 y 391/996 de 8 de octubre de 1996.-

                     EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                DECRETA:

Artículo 1

   (*)

(*)Notas:

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 469/997 de 16/12/1997 artículo 1.

SANGUINETTI - RAUL ITURRIA
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