Facúltase a la Dirección General de Casinos a conceder una prima
especial por el desarrollo de funciones de alta complejidad y
responsabilidad, a funcionarios que por su capacitación y experiencia, se
les asignen tareas directamente vinculadas a la Administración y gestión
global del Organismo.
Para los funcionarios que ocupen los cargos de Gerentes de Area y
Sub-Gerentes de Area de los Escalafones A y C, Grados 34, 32 y 30, dicha
prima será del 60% (sesenta por ciento) de la totalidad de sus
retribuciones sujetas a montepío.
Asimismo, la Dirección General de Casinos podrá otorgar transitoriamente
la citada compensación, a otros funcionarios que cumplan los requisitos
previstos en el inciso primero del presente artículo. En este último
caso, la citada prima no podrá superar mensualmente, el 60% (sesenta por
ciento) de las retribuciones sujetas a montepío que perciban los mismos,
no pudiendo concederse simultáneamente, a más del 10% (diez por ciento)
del total de funcionarios del Organismo.