APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DEL INSTITUTO NACIONAL DE COLONIZACION. EJERCICIO 1991




Promulgación: 28/08/1991
Publicación: 27/03/1992
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Referencias a toda la norma
    Visto: el Presupuesto Operativo de  Operaciones Financieras y de
Inversiones del Instituto Nacional de Colonización, correspondiente al
ejercicio 1991.

    Considerando: que la Oficina de Planeamiento y Presupuesto ha emitido
su informe y el Tribunal de Cuentas su dictamen.

    Atento: a lo establecido por el artículo 221 de la Constitución de la
República.

    El Presidente de la República,


                           DECRETA:

Artículo 1

    Apruébase el Presupuesto Operativo de Operaciones Financieras y de
Inversiones del Instituto Nacional de Colonización, correspondiente al
ejercicio 1991, de acuerdo con el siguiente detalle:

    I) INGRESOS                                     19.149:850.000
    I.INGRESOS CORRIENTES                            1.884:500.000

    - Rentas de activos realizables   4.011:300.000
    - Renta de activos financiados      820:700.000
    - Transferencias sector privado      52:500.000

    - II. INGRESOS DE CAPITAL                         14.265:350.000

    - Venta de fracciones             875:000.000
    - Cuotas de amortización        1.081:000.000
    - Recuperación de préstamos       170:000.000
    - Venta de vehículos              472:500.000
    - Contribución Gobierno Central   933:750.000
    - Cuota amortización deudas ref.  373:100.000
    - Pmos. B.R.O.U. compra tierra 10.360:000.000

    II) PRESUPUESTO OPERATIVO                         5.941:666.309

    Rubro          Denominación              N$               N$

    0           RETRIBUCION SERVS.
                PERSONALES                                  2.637:431.608

    011311.1    Directorio                  106:819.656
                Gerente General              23:251.416
    011311.2    Secretario de Directorio     15:427.152
                Personal ptdo. redistribuido 28:080.648
    019311      Sueldo anual compl.
                presupuestados               16:596.409
    021321      Sueldos básicos
                contratados               1.798:965.840
    029321      Sueldo anual compl.
                contratados                 180:828.089
    036331      Retrib. jornaleros
                y destajistas                32:109.372
    039331      Sueldo anual comp.
                jornal. y dest.               2:730.442
    061303      Prima a la eficiencia        78:196.260
    061304.1    Funciones dist. al
                cargo ptdos.                  5:781.648
    061304.2    Funciones dist. al
                cargo contrat.              131:077.032
    061321      Horas extras contratadas     39:406.692
    062311      Gastos de representación     20:897.232
    062318      Prima por antigüedad
                presupuestado                 4:200.972
    062328      Prima por antigüedad
                contratados                 149:134.368
    062338      Prima por antigüedad
                jornaleros                    1:066.368
    077         Quebranto de caja             2:862.012

    I           Cargas legales s./serv. personales            762:357.191
    III         Aporte patronal jubilatorio   704:820.801
    123         Aporte patronal al F.N.V.      28:768.195
    131         Impuesto a las retrib.
                personales                     28:768.195

    2           Materiales y suministros                      364:413.000
    3           Servicios no personales                     1.178:504.000

    7           Subsidios y otras transferencias              878:229.000
    72          Transferencias a produc. privados  25:000.000
    734         Subsidios a gob. departamentales   54:000.000
    71          Transf. a inst. sin fines de lucro  8:000.000
    751         Prima por matrimonio                1:776.000
    752         Prima por hogar constituido        86:691.000
    753         Prima por nacimiento                1:776.000
    754         Prestación por hijo                36:186.000
    758         Prestaciones por alimentación     484:500.000
    774         Contrib. por asistencia médica    174:500.000
    779         Otros                               4:300.000
    791         Impuestos Nacionales                1:000.000
    792         Impuestos Municipales                 500.000

    III) OPERACIONES FINANCIERAS

    8       Servicios de deuda y anticipo                     74:444.000
    81      Amortización de deuda interna     43:575.000
    85      Diferencia de cambio y otros       5:788.000
    86      Préstamos                         18:221.000
    87      Devolución a colonos               6:860.000
    9       Asignaciones globales             46:287.510

    IV) PRESUPUESTO DE INVERSIONES                          11.858:560.000

    Rubro         Denominación

    2          Materiales y suministros        110:560.000
    3          Servicios no personales         647:427.000
    //Información ilegible en el original//

y las partidas en moneda extranjera, se detallan en los cuadros adjuntos
que forman parte de este decreto.

    Los Rubros 0 "Retribución de Servicios Personales", 1 "Cargas Legales
sobre Servicio Personales" y 7 "Subsidios y otras Transferencias" en lo
relativo a beneficios sociales, incluyen el incremento salarial otorgado
con vigencia 1º de setiembre de 1990.
    Las normas presupuestales, planillas y estados que se acompañan se
consideran parte integrante de este decreto.

    El presente Presupuesto incluye la aprobación de la Reorganización
Administrativa con su reconstrucción escalafonaria y la lógica
recomposición de la Pirámide Escalafonaria de Cargos. 

(*)Notas:
 Ampliar información en imagen electrónica: Decreto Nº 460/991 de 
28/08/1991.

LACALLE HERRERA - ALVARO RAMOS - ENRIQUE BRAGA SILVA
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