FIJACION DE MEDIDAS QUE PERMITAN DIVERSIFICAR LA MATRIZ ENERGETICA, INCORPORANDO ENERGIAS RENOVABLES COMO LA SOLAR TERMICA




Promulgación: 19/12/2011
Publicación: 29/12/2011
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2011
  •    Página: 1547
Reglamentario/a de: Ley Nº 18.585 de 18/09/2009.
Referencias a toda la norma

Artículo 5

 Las piscinas climatizadas nuevas o las que se reconviertan en
climatizadas, que no utilicen otras fuentes de energía renovable, deberán
contar con un equipamiento completo de EST que cubra al menos 50% del
aporte energético para el calentamiento de agua. Los sujetos obligados
conforme a lo anterior, deberán exhibir ante la Intendencia respectiva al
momento de presentar la solicitud del permiso de construcción, constancia
expedida por URSEA, quien establecerá los requisitos a exigir para
expedirla.
Referencias al artículo
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