DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA. REGIMEN DE FACILIDADES DE PAGO




Promulgación: 28/09/2009
Publicación: 08/10/2009
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2009
  •    Página: 955
Referencias a toda la norma

Artículo 3

 Los agentes de retención y de percepción no podrán ampararse al régimen de facilidades a que refiere la Ley N° 17.555 de 18 de setiembre de 
2002, por adeudos derivados de su calidad de tales, en tanto hayan retenido o percibido el tributo correspondiente. (*)

(*)Notas:
Redacción dada por: Decreto Nº 240/010 de 11/08/2010 artículo 1.

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 449/009 de 28/09/2009 artículo 3.
Ayuda