Considerando el valor de la Unidad Reajustable (U.R.) precedentemente
establecido y los correspondientes a los dos meses inmediatos anteriores,
fíjase el valor de la Unidad Reajustable de Alquileres (U.R.A.) del mes
de enero de 2006 en $ 273,21 (pesos uruguayos doscientos setenta y tres
con 21/100).