Determínase en el Anexo I (*) del presente decreto la metodología de cálculo del precio de la energía demandada al sistema a los efectos de lo
dispuesto en el numeral IV del artículo 3 y el numeral VI del artículo 5
del Decreto N° 158/012.
(*)Notas:
Ver:Texto/imagen.
Ver: Decreto Nº 171/019 de 17/06/2019 artículo 1.