LIMITACIONES AL REGIMEN DE INGRESO A LA FUNCION PUBLICA




Promulgación: 22/06/1988
Publicación: 14/07/1988
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.

Artículo 2

La contratación de personal eventual no administrativo necesario para la ejecución de obras incluidas en los planes de mantenimiento de hoteles y paradores que administre el Ministerio de Turismo, será realizada directamente por dicha Secretaría de Estado, previa visación del gasto efectuada por el Tribunal de Cuentas de la República.
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