FIJACION DE CUOTA MUTUAL DE SOCIEDADES MEDICAS. ENERO 2014




Promulgación: 27/12/2013
Publicación: 08/01/2014
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2013
  •    Página: 2314
Referencias a toda la norma

Artículo 3

 El incremento autorizado por el inciso segundo del Artículo 1° del
presente Decreto no podrá ser superior al que resulte de incrementar en
1,51% (uno con cincuenta y uno por ciento) los valores vigentes
respectivos, confirmados de acuerdo a lo establecido en el Decreto N°
283/013, de 3 de setiembre de 2013.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículos: 4 y 13.
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