MEDIDAS PARA LA APLICACION DEL IMPUESTO AL USO DE LA INFRAESTRUCTURA VIAL




Promulgación: 29/12/1999
Publicación: 10/01/2000
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1999
  •    Página: 1524
Reglamentario/a de: Ley Nº 17.156 Derogada/o de 20/08/1999.

Artículo 9

 RECAUDACION Y FISCALIZACION. La recaudación y fiscalización del Impuesto
que se reglamenta estará a cargo de la Dirección Nacional de Transporte
del Ministerio de Transporte y Obras Públicas.
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