HONRAS FUNEBRES. JUANA DE IBARBOUROU




Promulgación: 15/07/1979
Publicación: 08/08/1979
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1979
  •    Página: 202

Artículo 2

   La bandera nacional permanecerá a media asta el día indicado en el
artículo anterior, en todos los edificios públicos, cuarteles, fortalezas,
bases aéreas y buques de guerra.
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