REGULACION DE USO Y CONSERVACION DE SUELOS Y AGUAS SUPERFICIALES




Promulgación: 21/08/2008
Publicación: 27/08/2008
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2008
  •    Página: 645
Reglamentario/a de: Decreto Ley Nº 15.239 de 23/12/1981.

Artículo 5

 Dentro de un plazo de 180 (ciento ochenta) días contados a partir de la
entrada en vigencia del presente decreto, el Ministerio de Ganadería,
Agricultura y Pesca dará a conocer un Manual con las medidas exigibles
para todos los cultivos.
Consecuentemente con ello, exigirá la presentación de un Plan de Uso y
Manejo Responsable del Suelo, en el cual deberá exponerse que el sistema
de producción proyectado, determine una erosión tolerable, teniendo en
cuenta los suelos del predio, la secuencia de cultivos y las prácticas de
manejo.
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