Todas las empresas lácteas deberán inscribirse en el registro de empresas
que a tales efectos lleva el Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca,
en el departamento de control sanitario de lácteos, todas las
inscripciones deberán hacerse justificando previamente haber cumplido con
los requisitos establecidos en el decreto Nº 174/02, de 15 de mayo de
2002. De dicha inscripción se enviará copia al Instituto Nacional de la
Leche (INALE) para incorporar a su registro.