AUTORIZACION DE INTERCAMBIO CON EL GOBIERNO DE BRASIL, EN EL MARCO DEL CONVENIO DE SALUD ANIMAL BRASILEÑO-URUGUAYO




Promulgación: 30/06/1976
Publicación: 13/07/1976
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1976
  •    Página: 1393

Artículo 3

  Los gastos de las compras autorizadas por el artículo anterior así como
todos los que se originen por la importación de los vehículos y la
exportación de los animales de que se trata, serán atendidos con cargo a
los recursos arbitrados por el artículo 270 de la ley 14.189, del 30 de
abril de 1974 (Cuenta Nº 31.305/170).
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