FUNCIONARIOS MILITARES. OFICIALES DE LAS FUERZAS ARMADAS. REGULACION DEL REGIMEN DE DEDICACION INTEGRAL




Promulgación: 13/05/1975
Publicación: 27/05/1975
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1975
  •    Página: 1094

Artículo 3

Se exceptúan de las disposiciones anteriores siempre que no incidan en el
buen desempeño de la función o cargo que inviste:

a)   El ejercicio de cargos docentes en Institutos públicos o privados;

b)   El ejercicio de las actividades necesarias para administrar su
     patrimonio, el de sus ascendientes, su cónyuge, el de sus
     descendientes y parientes colaterales hasta el segundo grado;

c)   El ejercicio de las actividades inherentes al tutor o curador;

d)   El ejercicio liberal de profesiones universitarias, por quienes
     tienen el título habilitantes para ello. (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 4.
Referencias al artículo
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