ENAJENACION DE CAPITAL ACCIONARIO DE LA CORPORACION VIAL DEL URUGUAY SOCIEDAD ANONIMA. MEGA CONCESION




Promulgación: 02/10/2002
Publicación: 15/10/2002
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2002
  •    Página: 1029
Reglamentario/a de: Ley Nº 17.555 de 18/09/2002 artículos 28, 29, 30, 31, 
32 y 33.

Artículo 5

 Para el caso que los adquirentes del 100% (cien por ciento) del capital 
accionario desearan aprovechar cualquier financiamiento que hubiera 
obtenido el concesionario con garantías o avales del Estado, sólo podrá 
hacerlo sustituyendo tales garantías o avales por otros que sean 
satisfactorios y se aprueben por los respectivos organismos de crédito 
que los hubieren otorgado.-
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