CREACION DEL COMITE NACIONAL PARA LA ERRADICACION DEL TRABAJO INFANTIL




Promulgación: 08/12/2000
Publicación: 12/12/2000
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2000
  •    Página: 1069

Artículo 3

 Las funciones del Comité Nacional para la Erradicación del Trabajo 
Infantil serán las siguientes:
a) Asesorar, coordinar y proponer políticas y programas tendientes a la
   eliminación del trabajo infantil.
b) Elaborar y proponer el Plan Nacional de Acción para la eliminación
   progresiva del trabajo infantil y la protección del adolescente
   trabajador.
c) Fortalecer la coordinación y concertación entre las instituciones
   públicas y privadas, nacionales e internacionales relacionadas con la
   infancia, a efectos de definir alternativas y estrategias que reduzcan
   o eliminen las causas básicas que generan el trabajo infantil y que 
   promuevan la efectividad de la legislación sobre la edad mínima de
   admisión al empleo.
d) Generar instancias descentralizadas de actuación, fomentando el
   compromiso local con los objetivos propuestos.
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