DETERMINACION DE UN REGIMEN ESPECIAL DE TRABAJO PARA DETERMINADOS FUNCIONARIOS, ESTABLECIDO EN EL ART. 140 DE LA LEY 18.996




Promulgación: 12/11/2013
Publicación: 25/11/2013
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2013
  •    Página: 2014
Reglamentario/a de: Ley Nº 18.996 de 07/11/2012 artículo 140.
Referencias a toda la norma

Artículo 3

 El Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca, a propuesta de las
respectivas Unidades Ejecutoras, determinará la nómina de funcionarios
afectados al sistema que se reglamenta, para el cumplimiento de tareas en
las actividades especificadas en el artículo 1° del presente decreto.
Asimismo, podrá incluir nuevos funcionarios al sistema, en función de las
necesidades del servicio y siempre que exista disponibilidad financiera
para cubrir la retribución prevista en el artículo siguiente.
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