ACTUALIZACION DE LA NORMATIVA RELATIVA AL FONDO DE TUTELA SOCIAL POLICIAL




Promulgación: 12/11/2013
Publicación: 25/11/2013
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2013
  •    Página: 2012
Reglamentario/a de: Decreto Ley Nº 14.230 de 23/07/1974 artículo 8.

Artículo 6

 En caso de fallecimiento del cónyuge, concubina o hijos menores de edad,
mayores de 12 años, de funcionarios en actividad o retiro, se abonara como
máximo el 75% de las cantidades expresadas en el artículo 4to.- Si el
deceso fuera de hijos menores de 12, el monto a abonar sería el 50% de
dicha escala como máximo.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 9.
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