DECLARACION DE INTERES GENERAL. PREVENCION DE CANCERES GENITO MAMARIOS. LICENCIA ESPECIAL PAPANICOLAU Y/O RADIOGRAFIA MAMARIA




Promulgación: 10/09/2002
Publicación: 13/09/2002
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2002
  •    Página: 564
Reglamentario/a de: Ley Nº 17.242 de 20/06/2000.

Artículo 2

 A los efectos del goce de tal licencia extraordinaria la trabajadora 
deberá dar aviso a su empleador con por lo menos 2 días de anticipación y 
la misma no podrá ser negada por ninguna circunstancia. En caso de tener 
la trabajadora más de un empleo, el aviso lo cursará simultáneamente a 
todos los empleadores.
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