Fíjase el precio de la Constancia de Inscripción correspondiente al
ejercicio 1977 - 1978 en la suma de N$ 5.00 (son nuevos pesos cinco).
El precio de las correspondientes a los ejercicios futuros se
determinará, anualmente, por el Poder Ejecutivo, a propuesta de la
Dirección Nacional de Contralor de Semovientes, Frutos del País, Marcas y
Señales.
Los fondos resultantes de dicho concepto se aplicarán a los fines
específicos del Organismo mencionado.