MODIFICA REGLAMENTACION DEL IMESI. REDUCCION PARA LAS NAFTAS QUE SE VENDAN EN LOS PASOS DE FRONTERAS QUE SE DETERMINAN




Promulgación: 03/08/2009
Publicación: 11/08/2009
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2009
  •    Página: 255
VISTO: el Decreto Nº 398/007, de 29 de octubre de 2007.

RESULTANDO: que la norma referida redujo el monto del Impuesto Específico
Interno (IMESI), correspondiente a la enajenación de naftas realizadas por
estaciones de servicio ubicadas en un radio máximo de 20 kilómetros de los
pasos de frontera Fray Bentos - Puerto Unzué, Paysandú - Colón y Salto -
Concordia.

CONSIDERANDO: que se han registrado modificaciones en los precios
relativos que dieron origen a las medidas adoptadas oportunamente, por lo
que corresponde corregir la reducción ajustándola a la relación de precios
que se presentaba al entrar en vigencia la norma reglamentaria.

ATENTO: a lo expuesto y a lo dispuesto por el artículo 38 de la Ley Nº
18.083, de 26 de diciembre de 2006.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

   (*)

(*)Notas:
Este artículo dio nueva redacción a: Decreto Nº 398/007 de 29/10/2007 
artículo 1.

Artículo 2

 Comuníquese, publíquese y archívese.

TABARE VAZQUEZ -  ALVARO GARCIA
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