La Comisión podrá requerir en forma directa del Ministerio de Vivienda,
Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, del Banco Hipotecario del
Uruguay y de otras instituciones y organismos, ya sean públicos o
privados, el apoyo, asistencia y asesoramiento que fuere necesario, y
solicitar la disposición de predios propiedad de alguno de esos organismos
para el cumplimiento de los objetivos perseguidos.