MODIFICACION DEL DECRETO 307/009. ETIQUETADO DE PRODUCTOS QUIMICOS. SISTEMA GLOBALMENTE ARMONIZADO




Promulgación: 28/09/2011
Publicación: 13/10/2011
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2011
  •    Página: 843

Artículo 3

 Desde la entrada en vigencia del presente decreto y hasta la efectiva
aplicación de los plazos establecidos en el Artículo 2°, todas las
empresas comprendidas en el ámbito de aplicación del Decreto 307/009
deberán implementar etiquetas que contemplen como mínimo:
a) Identificación del producto donde figure por lo menos el o los
principios activos con al menos un nombre técnico además del comercial.
b) Identificación del fabricante y del proveedor donde figure, además,
dirección y teléfono.
c) Pictogramas de peligro.
d) Medidas de primeros auxilios.
e) Elementos de protección personal y principales precauciones para la
manipulación.
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