FIJACION DEL ALCANCE DE LAS DISPOSICIONES RELATIVAS AL NUEVO SISTEMA PREVISIONAL PARA EL PERSONAL ACTIVO AMPARADO POR EL SERVICIO DE RETIROS Y PENSIONES POLICIALES




Promulgación: 28/09/2011
Publicación: 13/10/2011
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2011
  •    Página: 838
Reglamentario/a de: Ley Nº 18.405 de 24/10/2008.

Artículo 6

   (Beneficiario de pensión incapacitado para todo trabajo). Se considera
acreditada la incapacidad absoluta para todo trabajo, cuando el
beneficiario de pensión, previsto en el literal C) del artículo 12 de la
ley que se reglamenta, cuente con setenta o más años de edad.
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