Visto: el proyecto de reestructuración y racionalización
administrativa del Programa 1.11 "Asesoramiento en la Formulación de la
Política, Coordinación y Supervisión del Turismo" elaborado por la
Dirección Nacional de Turismo de acuerdo a lo establecido en el artículo
67 de la ley 14.189 de 30 de abril de 1974.
Resultando: dicho proyecto ha sido sometido a estudio y pronunciamiento
del Grupo de Trabajo creado a tales efectos por el decreto 454/974 de 6 de
junio de 1974.
Considerando: I) Que el mencionado Grupo de Trabajo se ha expedido
favorablemente sobre el proyecto elevado, en virtud de haberse cumplido
con los extremos dispuestos por el artículo 67 y decreto 454/974 antes
referidos en cuando no se aprecian lesiones de derechos funcionales y se
tiende a una racionalización de los servicios, no superando la partida
utilizada el 5% del Rubro 0 del Programa de que se trata;
II) Que la Oficina Nacional del Servicio Civil y la Contaduría General
de la Nación ante el informe producido por el Grupo de Trabajo aconseja la
aprobación del proyecto por parte del Poder Ejecutivo.
Atento: a lo expresado precedentemente y a lo dispuesto por las normas
legales y reglamentarias mencionadas.
El Presidente de la República
DECRETA:
Artículo 1
Apruébase la reestructura presupuestal y racionalización
administrativa de la Unidad Ejecutora 07 Dirección Nacional de Turismo,
Programa 1.11 "Asesoramiento en la Formulación de la Política,
Coordinación y Supervisión del Turismo", del Inciso 8 Ministerio de
Industria y Energía, que se encuentran glosadas en estos antecedentes. (*)