APROBACION DE REESTRUCTURA PRESUPUESTAL Y RACIONALIZACION ADMINISTRATIVA DE LA DIRECCION NACIONAL DE TURISMO




Promulgación: 10/06/1976
Publicación: 17/06/1976
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1976
  •    Página: 1236
   Visto: el proyecto de reestructuración y racionalización 
administrativa del Programa 1.11 "Asesoramiento en la Formulación de la 
Política, Coordinación y Supervisión del Turismo" elaborado por la 
Dirección Nacional de Turismo de acuerdo a lo establecido en el artículo 
67 de la ley 14.189 de 30 de abril de 1974.

   Resultando: dicho proyecto ha sido sometido a estudio y pronunciamiento
del Grupo de Trabajo creado a tales efectos por el decreto 454/974 de 6 de
junio de 1974.

   Considerando: I) Que el mencionado Grupo de Trabajo se ha expedido
favorablemente sobre el proyecto elevado, en virtud de haberse cumplido
con los extremos dispuestos por el artículo 67 y decreto 454/974 antes
referidos en cuando no se aprecian lesiones de derechos funcionales y se
tiende a una racionalización de los servicios, no superando la partida
utilizada el 5% del Rubro 0 del Programa de que se trata;

   II) Que la Oficina Nacional del Servicio Civil y la Contaduría General
de la Nación ante el informe producido por el Grupo de Trabajo aconseja la
aprobación del proyecto por parte del Poder Ejecutivo.

   Atento: a lo expresado precedentemente y a lo dispuesto por las normas
legales y reglamentarias mencionadas.

   El Presidente de la República

                                  DECRETA:

Artículo 1

   Apruébase la reestructura presupuestal y racionalización 
administrativa de la Unidad Ejecutora 07 Dirección Nacional de Turismo, 
Programa 1.11 "Asesoramiento en la Formulación de la Política, 
Coordinación y Supervisión del Turismo", del Inciso 8 Ministerio de 
Industria y Energía, que se encuentran glosadas en estos antecedentes. (*)

(*)Notas:
Fe de erratas publicada/s: 24/06/1976.

Artículo 2

   Los cargos presupuestados de la referida Unidad Ejecutora pasarán a ser
los siguientes:


Nº de
cargos         Denominación                       Escalafón      Grado
----------------------------------------------------------------------

   1      Director Nacional de Turismo...........   Ab              E3
   1      Subdirector Nacional de Turismo........   Ab              E3
   4      Director de Departamento...............   Ab              12
   4      Jefe de Sector.........................   Ab              10
   1      Jefe de Sector (Cesa al vacar).........   Ab              10
  10      Administrativo I.......................   Ab              09
   2      Administrativo I (Cesa al vacar).......   Ab              09
   8      Administrativo III.....................   Ab              07
  13      Administrativo IV......................   Ab              06
  18      Administrativo V.......................   Ab              05
   1      Asesor Económico (Cr.).................   AaA             E2
   1      Director de División Técnico Turística
          (Arq.).................................   AaA             E1
   1      Director Departamento de Registro de
          Hoteles (Esc.).........................   AaA             06
   1      Director de Departamento de
          Investigación Turística (Cr)...........   AaA             06
   1      Director Departamento de Planificación
          Turística (Arq.).......................   AaA             06
   1      Director Departamento Financiero -
          Contable (Cr.).........................   AaA             06
   1      Director Departamento de Obras
          (Arq.).................................   AaA             02
   2      Procurador.............................   AaB             04
   1      Director División Relaciones Públicas
          y Servicio de Información..............   Ac              E2
   1      Director División Servicios Turísticos.   Ac              E1
   1      Director Departamento de Relaciones y
          Prensa.................................   Ac              12
   1      Director Departamento de Información...   Ac              12
   1      Jefe Sección Estadísticas..............   Ac              09
   1      Jefe Sección Biblioteca Especializada..   Ac              09
   1      Jefe Sección Estudios Publicitarios....   Ac              09
   1      Jefe Sección Contaduría................   Ac              09
   1      Traductor Intérprete I.................   Ac              09
   1      Dibujante I............................   Ac              09
   1      Traductor Intérprete II................   Ac              08
   1      Dibujante II...........................   Ac              08
   1      Jefe de 2ª.............................   Ac              06
   2      Auxiliares Oficios Especializados......   Ac              05
   1      Intendente (Jefe de Sección)...........   Ad              E1
   2      Conserje I.............................   Ad              07
   4      Conserje II............................   Ad              06
   2      Chofer.................................   Ad              05
   6      Conserje III...........................   Ad              04
   3      Portero................................   Ad              04
   2      Telefonista............................   Ad              04
   1      Ayudante de 1ª.........................   Ad              03
   1      Ayudante 1ª (cesa al vacar)............   Ad              03

(*)Notas:
Fe de erratas publicada/s: 24/06/1976.

Artículo 3

   La estructura de la Dirección Nacional de Turismo pasará a ser la
siguiente:

1)   Dirección Nacional de Turismo.

2)   Unidades dependientes de la Dirección Nacional:

     - Secretaría.
     - División Relaciones Públicas y Servicio de Información.

3)   Unidades Asesoras de la Dirección Nacional:

     - Consejo Nacional de Turismo.
     - Asesoría Letrada.
     - Asesoría Económica.

4)   Subdirección Nacional.

5)   Unidades dependientes de la Subdirección Nacional:

     - División Técnico-Turística.
     - División Servicios Turísticos.
     - Departamento Administrativo.
     - Departamento Financiero-Contable.
     - Departamento de Registro de Hoteles.

Artículo 4

   Intégranse las Divisiones y Departamentos dependientes de la Dirección
y Subdirección Nacional, con las siguientes unidades:

1)   División Relaciones Públicas y Servicio de Información: (*)

     - Departamento de Relaciones y Prensa:

       Sección Prensa y Difusión.
       Sección Biblioteca Especializada.

     - Departamento de Información:

       Sección Informes.
       Sección Distribución.

2)   División Técnico - Turística:

     - Departamento de Planificación Turística:

       Sección Estudios Publicitarios.
       Sección Recursos Turísticos.

     - Departamento de Investigación Turística:

       Sección Estadística.

3)   División Servicios Turísticos:

     - Departamento de Registro Prestadores de Servicios Turísticos.

     - Departamento de Inspección General:

       Sección Inspección Interior.
       Sección Inspección Capital.

4)   Departamento Administrativo:

     - Sección Registro Trámite y Archivo.
     - Sección Personal.
     - Sección Proveeduría.
     - Sección Intendencia.

5)   Departamento Financiero-Contable:

     - Sección Contaduría.
     - Sección Tesorería.

6)   Departamento de Registro de Hoteles.

(*)Notas:
Fe de erratas publicada/s: 24/06/1976.

Artículo 5

La aplicación de la presente reestructura y racionalización 
administrativa no significará disminución en las actuales remuneraciones 
que perciben los funcionarios de la Dirección Nacional de Turismo.

Artículo 6

La restructura a que se refiere este decreto entrará en vigencia a partir
del día inmediato siguiente a su aprobación por el Consejo de Estado.

Artículo 7

Comuníquese, publíquese y pase a sus efectos al Consejo de Estado.

  BORDABERRY - ADOLFO CARDOSO GUANI - ALEJANDRO VEGH VILLEGAS
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