APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DEL BPS. EJERCICIO 2014




Promulgación: 25/09/2013
Publicación: 02/10/2013
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2013
  •    Página: 1266
Referencias a toda la norma

Artículo 8

 El Banco de Previsión Social podrá conceder extensiones horarias de hasta
cuarenta y ocho horas efectivas semanales, cuando las necesidades del
servicio así lo requieran. Asimismo, por razones de interés o de servicio,
se podrán conceder y aplicar regímenes horarios menores a cuarenta horas
semanales en el caso de Médicos Especialistas, que desempeñen
efectivamente su especialidad en la Gerencia de Salud.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 70 (vigencia).
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